Cambio climático y migración

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Blog REDUCC, Víctor Hugo Ortiz Montalvo

Víctor Hugo Ortiz Montalvo

En los últimos años, los efectos del cambio climático han sido cada vez más visibles para la humanidad. A nivel mundial, los seres humanos hemos experimentado una creciente frecuencia e intensidad de fenómenos extremos, como olas de calor, sequías prolongadas, tormentas severas y desastres de gran magnitud. Estos eventos no solo comprometen la salud pública, sino que también provocan la escasez de alimentos, la pérdida de bienes y servicios y el deterioro de los sistemas socioeconómicos. En consecuencia, se incrementan el desempleo, la pobreza y los riesgos para la vida humana, provocando, en algunos casos, el desplazamiento de poblaciones.

De acuerdo con el Informe Global de Riesgos 2025 del Foro Económico Mundial, los eventos climáticos extremos ocupan el segundo lugar dentro del Top 10 de riesgos globales en el corto plazo y el primer lugar dentro del Top 10 riesgos globales en el largo plazo (WEF, 2025)1. Además, la Organización Mundial de la Salud estima que entre 2030 y 2050, el cambio climático será responsable de causar anualmente 250,000 muertes por desnutrición, paludismo, diarrea y estrés térmico (OMS, 2021)2.

En este contexto, el cambio climático se considera una amenaza existencial para la humanidad en el corto, mediano y largo plazo. Este fenómeno antropogénico, además de causar daños a la salud, al ambiente y a la economía, es responsable de múltiples problemas sociales, tales como la migración y los desplazamientos climáticos. 

La Organización Internacional de las Migraciones (OIM), define a la migración por motivos climáticos como “el movimiento de una persona o grupos de personas que, por cambios repentinos o graduales ambientales como consecuencia del cambio climático, se ven obligadas a abandonar su lugar de residencia habitual, de manera temporal o permanente, dentro de un Estado o a través de una frontera internacional” (OIM, 2019)3.

Mientras que, en la categoría de desplazamientos, están los desplazamientos causados por desastres que son los movimientos de personas que se ven forzadas u obligadas a dejar su lugar de origen o residencia habitual a raíz de un desastre o para evitar ser afectados por los efectos de una amenaza natural inmediata y previsible”. Los efectos de las amenazas

naturales, incluidas las relacionadas con el cambio climático, pueden superar la resiliencia o capacidad de adaptación de una comunidad provocando un desastre y, en consecuencia, desplazamiento (OIM, 2019)4

Este tipo de desplazamiento puede ser una huida espontánea, una evacuación ordenada o impuesta por las autoridades o un proceso ineludible de reubicación planificada y puede ocurrir dentro de un país (desplazamiento interno) o a través de fronteras internacionales (desplazamiento transfronterizo) (OIM, 2019)5

Actualmente, hay 281 millones de migrantes internacionales, cifra equivalente al 3.6 % de la población mundial. En 2022, con base a los datos del Centro para el Monitoreo del Desplazamiento Internacional, los desastres relacionados con el cambio climático (entre los que se encuentran inundaciones, tormentas e incendios forestales) provocaron 32.6 millones de desplazamientos internos; una cifra récord (IDMC, 2023)6

Un informe del Banco Mundial estima que, si no se logran reducir las emisiones de gases de efecto invernadero para 2050, unos 216 millones de personas estarían obligadas a desplazarse dentro de su país por motivos climáticos. Siendo las regiones más afectadas y con mayor vulnerabilidad: África subsahariana, Asia oriental y el Pacífico, Asia meridional y el norte de África (BM, 2021)7

En 1978, en todo México, 600 mil campesinos fueron desplazados debido a una disminución en la productividad de sus cultivos agrícolas causada por la desertificación del suelo, situación que posiblemente aumente en relación con el cambio climático, así como procesos antrópicos de uso del suelo (Rubio, 2017)8

Más recientemente, un estudio de caso mexicano reconoció a un grupo de pobladores de la comunidad de El Bosque en el municipio de Centla, Tabasco, como los primeros desplazados climáticos internos en nuestro país, debido a que, en 2019, la población sufrió gran pérdida de viviendas a causa de la subida del nivel del mar, la cual, además de causar daños materiales, afectó sus derechos humanos y puso en riesgo su vida (Ibarra y Toledo, 2024)9. Se estima que para 2050, y debido a los múltiples impactos del cambio climático en México más de tres millones de personas serán desplazadas si no se logra controlar el aumento de la temperatura global (Gouritin, 2024)10.

Pero ante este panorama, ¿qué queda por hacer? Tanto en las migraciones internas como en las migraciones internacionales, los diferentes países deben implementar la estrategia institucional sobre migración climática que plantea la Organización Internacional de las Migraciones (OIM), la cual tiene los siguientes principios rectores:

  1. Compromiso con un enfoque basado en los derechos; para evitar la vulneración a los derechos humanos de los migrantes que se ven afectados por el cambio climático, la degradación ambiental y los desastres durante el ciclo migratorio.  
  2. Promoción de un enfoque innovador y eficaz para la gobernanza y las prácticas en materia de migración; que garantice entre otros servicios, acceso a atención médica, saneamiento básico y agua limpia. 
  3. Adopción de un enfoque con perspectiva de género; que brinde soluciones a las necesidades y efectos por cambio climático que presentan las mujeres de manera diferenciada. 
  4. Adopción de un enfoque inclusivo y centrado en los migrantes para fomentar los resultados positivos; a través de la incorporación y el reconocimiento de las contribuciones positivas de los migrantes en la sociedad. 
  5. Promoción de un enfoque de seguridad humana enfocado a atender los efectos del cambio climático en la seguridad alimentaria, seguridad hídrica, seguridad ambiental y seguridad en los medios de sustento. 
  6. Fomento de alianzas estratégicas para garantizar la protección a los derechos humanos de los migrantes desde su origen, durante el tránsito y posteriormente en su lugar de destino (OIM, 2024)11.

En México, la vulnerabilidad institucional agrava los procesos antes, durante y después del desplazamiento climático interno. Algunas deficiencias señaladas por Ibarra y Toledo (2024), incluyen la falta de un marco legal claro, ausencia de políticas públicas especializadas, reubicación inadecuada, baja calidad en la vivienda, poca transparencia y programas dispersos. Estas fallas vulneran derechos humanos, especialmente el derecho a la vivienda. Aún es necesaria una política nacional con enfoque de derechos humanos y coordinación entre niveles de gobierno para prevenir, proteger y reubicar eficazmente a las poblaciones afectadas.


  1. The World Economic Forum [WEF]. (2025). The Global Risks Report 2025 20th Edition insight
    report. https://reports.weforum.org/docs/WEF_Global_Risks_Report_2025.pdf
    ↩︎
  2. Organización Mundial de la Salud [OMS]. (2021). Cambio climático. En:
    https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/climate-change-and-health. Consultado
    en abril de 2025. ↩︎
  3. Organización Internacional para las Migraciones [OIM]. (2019). DERECHO
    INTERNACIONAL SOBRE MIGRACIÓN. https://publications.iom.int/system/files/pdf/iml-34-glossary-
    es.pdf

    ↩︎
  4. Organización Internacional para las Migraciones [OIM]. (2019). DERECHO
    INTERNACIONAL SOBRE MIGRACIÓN. https://publications.iom.int/system/files/pdf/iml-34-glossary-
    es.pdf
    ↩︎
  5. Organización Internacional para las Migraciones [OIM]. (2019). DERECHO
    INTERNACIONAL SOBRE MIGRACIÓN. https://publications.iom.int/system/files/pdf/iml-34-glossary-
    es.pdf
    ↩︎
  6. El Observatorio de Desplazamiento Interno [IDMC]. (2023). Informe Global sobre Desplazamiento
    Interno de 2023. IDMC_GRID_2023_Informe_Mundial_sobre_Desplazamiento Interno_2023_LR.pdf.
    ↩︎
  7. Banco Mundial [BM]. (2021). GROUNDSWELL ACTUAR FRENTE A LA MIGRACIÓN INTERNA
    PROVOCADA POR IMPACTOS CLIMÁTICOS PARTE II Reseña.
    https://openknowledge.worldbank.org/server/ /core/bitstreams/fc2c02ad-81fe-517e-86e3-
    13a851a682f5/content
    ↩︎
  8. Rubio Díaz-Leal, L. (2017). Desplazamiento ambiental: experiencia global, realidad mexicana.
    Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos. https://repositorio.colmex.mx/concern/books/mw22v6063?locale=es ↩︎
  9. Ibarra Sarlat, R., & Toledo, G. V.. (2024). La comunidad de “El Bosque” en Tabasco:
    desplazamiento climático ligado a la vulnerabilidad institucional del sistema mexicano. REMHU:
    Revista Interdisciplinar Da Mobilidade Humana, 32, e321998. https://doi.org/10.1590/1980-
    858525038800032207
    ↩︎
  10. Gouritin, Armelle. (2024). Desplazamiento climático en México y justicia ambiental crítica: hacia una
    nueva línea de investigación. Perfiles latinoamericanos, 32(64), 00001. Epub 13 de septiembre de
    2024. https://doi.org/10.18504/pl3264-001-2024 ↩︎
  11. Organización Internacional para las Migraciones [OIM]. (2021). ESTRATEGIA INSTITUCIONAL SOBRE MIGRACIÓN, MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO 2021-2030. https://publications.iom.int/system/files/pdf/IOM-Institutional-Strategy-MECCC-ES.pdf ↩︎

Sobre el autor

Víctor Hugo Ortiz Montalvo

Licenciado en Salud Pública con mención honorífica por la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH). Ganador del premio padre de la patria (2018-2019) a la excelencia académica. En 2024, el Consejo de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Michoacán de Ocampo, le otorgó un reconocimiento por su destacada labor en el estudio, divulgación y defensa de los Derechos Humanos establecidos en el orden jurídico mexicano, en beneficio de la sociedad michoacana. Defensor de Derechos Humanos, autor de artículos científicos, divulgador científico, analista de salud pública en medios de comunicación. Correo electrónico: 1805108J@umich.


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